
Prórroga en la entrada en vigor del Reglamento VERI*FACTU: todo lo que necesitas saber
El Gobierno ha aprobado recientemente un Real Decreto-ley que introduce, entre otras medidas, la prórroga de la entrada en vigor del Reglamento VERI*FACTU hasta 2027. Esta decisión supone un respiro para empresas, profesionales y asesorías, que dispondrán de más tiempo para adaptarse a los nuevos requisitos de facturación electrónica y control tributario.
¿Qué establecía la normativa anterior?
El Real Decreto 254/2025 fijaba inicialmente dos fechas clave:
- 1 de enero de 2026 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2026 para empresarios y profesionales que tributan en el IRPF con actividad económica.
Estas fechas marcaban el inicio obligatorio del uso del sistema VERI*FACTU, un marco regulatorio que asegura la integridad, trazabilidad y verificación de los registros de facturación.
¿Qué cambia con la nueva prórroga?
Con el Real Decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros, las obligaciones se desplazan un año más:
- 1 de enero de 2027: las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades deberán comenzar a aplicar el Reglamento VERI*FACTU.
- 1 de julio de 2027: los empresarios y profesionales con actividad económica en IRPF deberán cumplir con la normativa.
Esta ampliación de plazos ofrece una oportunidad adicional para que los obligados adapten sus sistemas de facturación y procesos internos sin la presión de las fechas inicialmente previstas.
Conclusión
La prórroga del Reglamento VERI*FACTU hasta 2027 aporta certidumbre y margen de preparación para todos los actores implicados. Mantenerse informado y comenzar cuanto antes los procesos de adaptación tecnológica será clave para cumplir con garantías cuando la norma entre en vigor definitivamente.
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