¡Atención Autónomos! Multas en el Horizonte si No Cumples con esta Nueva Obligación

Los trabajadores autónomos, esa fuerza laboral valiente y emprendedora, enfrentan una nueva obligación que se avecina rápidamente. A pesar de las cartas informativas enviadas por la Seguridad Social, aún persisten muchas dudas entre este colectivo. Esto ha llevado a un aumento en la consulta de gestores y profesionales para cumplir con este trámite, que se puede llevar a cabo a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o el Sistema RED de la Tesorería, utilizando un certificado digital.

La fecha límite para cumplir con esta nueva medida se acerca: el 31 de octubre. Pero, ¿en qué consiste esta obligación y quiénes deben cumplirla? En este artículo, te explicaremos los detalles cruciales y las implicaciones de no hacerlo a tiempo.

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La Nueva Medida y Quiénes Deben Cumplirla:

La nueva medida tiene como objetivo regular el sistema de cotización por rendimientos netos, lo que significa que miles de autónomos deberán comunicar ciertos datos sobre su actividad a la Seguridad Social. Esta comunicación es crucial para calcular la base reguladora del autónomo y aplicar el nuevo sistema de cotización por ingresos sociales.

Los autónomos que deben cumplir con esta obligación son los siguientes:

  1. Autónomos societarios (mercantiles y cooperativistas).
  2. Autónomos al frente de una comunidad de bienes o sociedad civil.
  3. Autónomos económicamente dependientes (TRADE).
  4. Autónomos colaboradores.
  5. Profesionales colegiados obligatoriamente.
  6. Autónomo principal con colaboradores a su cargo.

Las Multas en el Horizonte:

La fecha límite del 31 de octubre es crucial, y no cumplir con esta obligación podría resultar en multas. El presidente del Consejo General de Gestores Administrativos, Fernando J. Santiago Ollero, ha advertido sobre esta situación y ha señalado que muchos autónomos desconocen esta obligación, lo que los pone en riesgo de sanciones económicas.

Dudas y Aclaraciones:

A pesar de la importancia de esta obligación, existe cierta confusión en torno a quiénes deben cumplirla. Fuentes de la Tesorería General de la Seguridad Social han negado que se esté solicitando esta información de forma centralizada a todos los autónomos. Según estas fuentes, solo están recopilando datos de aquellos vinculados a empresas o sociedades. Sin embargo, algunas discrepancias existen, y Santiago Ollero menciona que están recibiendo requerimientos de autónomos que no operan bajo una forma societaria.

¿Por Qué esta Obligación?

El propósito detrás de estas solicitudes de información es realizar un análisis detallado para diferenciar entre los autónomos que están asociados a empresas y los que no lo están. Este análisis permitirá a una parte del colectivo de autónomos contribuir más a la Seguridad Social, ya que los autónomos vinculados a empresas tienen bases de cotización mínimas más elevadas. Con esta información actualizada, la Seguridad Social podrá verificar si ha habido cambios en la actividad de los autónomos y, en caso afirmativo, exigirles que aumenten sus aportaciones.

En resumen, esta nueva obligación es de suma importancia para muchos autónomos. No cumplirla a tiempo podría resultar en sanciones económicas y la pérdida de beneficios cruciales. Es esencial entender quiénes deben cumplirla y por qué. Por lo tanto, si eres un autónomo y estás en la lista de obligados, asegúrate de actuar antes del 31 de octubre para evitar multas y proteger tus derechos laborales.

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RUTH GÓMEZ TALAVÁN-ASESORA LABORAL Y FISCAL – ABOGADA – CONSULTORIA DE EMPRESAS

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